Sobre este blog

En nuestro afán de combinar los valores de la abogacía tradicional con las oportunidades que nos bridan las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, nace este blog como punto de encuentro de juristas y de difusión de la actividad del bufete.

Bienvenidos.

Equipo de Navas & Cusí

13/05/09

Navas & Cusí defiende los intereses de los afectados por malas prácticas bancarias

El bufete ha puesto en marcha un blog informativo dirigido a todos los afectados por mala práctica bancaria en la comercialización de ciertos productos financieros.


Navas & Cusí ofrece la posibilidad de defender los intereses y derechos de todos aquellos afectados por la mala praxis bancaria. Nuestro objetivo es llevar a cabo las acciones judiciales o extrajudiciales necesarias para recuperar los depósitos bancarios de los clientes de las entidades financieras implicadas.

Por ello, en el nuevo blog encontrará información sobre la mala práctica bancaria y sus consecuencias, así como las diferentes vías de actuación posibles ante un caso de mala praxis. Además, desde el mismo blog los afectados pueden dirigirse al Despacho mediante correo electrónico o rellenando un formulario de contacto, tanto si buscan asesoramiento como representación legal.

03/04/09

Entrevistan a Juan Ignacio Navas en CINCO DÍAS


Clicando encima de la imagen podrá leer la entrevista completa.

Bajo el título "Una característica diferencial de nuestra firma es la atención personalizada con nuestros clientes" apareció la entrevista realizada por el periódico Cinco Días a Juan Ignacio Navas Marqués, director fundador del bufete de abogados Navas & Cusí. Ésta apareció en la edición impresa del diario el pasado 4 de marzo, en la sección Formación & Servicios (pág. 12).

En la entrevista, Juan Ignacio Navas ofrece una definición del bufete, que ha tenido una proyección ascendete desde su creación hace más de 25 años, y explica cuáles son sus ámbitos de actuación y ramas del Derecho con las que trabajan mediante sus especializados departamentos. Gracias a éstos, Navas & Cusí puede definirse a sí mismo como un despacho multidisciplinar en todas las áreas del Derecho.

Los valores profesionales del Despacho —honestidad, independencia, valor humano y experiencia— y las futuras metas para la firma Navas & Cusí, que pasan por la apertura de delegaciones a nivel nacional e internacional para dar respuesta a un mercado cada vez más globalizado, son temas también tratados en la entrevista.

Por último, Juan Ignacio Navas ofrece su visión sobre el sector judicial español, destacando el esfuerzo continuo que se está llevando a cabo para agilizar los procesos judiciales.

03/03/09

Una empresa con identidad

Intereconomía TV emitió el día 26 de diciembre del pasado año su habitual programa de "Empresas con identidad", en el que quiso referenciar como ejemplo el despacho de Navas & Cusí.

Para ello, un equipo de Intereconomía TV se dirigió al bufete para grabar el reportaje que más tarde se emitiría por este medio de comunicación. En él se explica la fundación, evolución y perspectivas de futuro del despacho, que pasan por un desarrollo nacional e internacional con el servicio añadido de ser, a su vez, una asesoría financiera y de empresa.

El hecho de ser un despacho multidisciplinar, con una importante incidencia procesal y judicial, y ofrecer, asimismo, una atención personalizada, son los puntos más destacados de la entrevista realizada a Juan Ignacio Navas Marqués, socio fundador.

Para ver el reportaje, sólo tiene que clicar aquí y se le abrirá automáticamente el reproductor de vídeo.

13/02/09

La Sala Primera de lo Civil del TS sienta doctrina en intereses por demora

La Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona a 15 de septiembre de 2003.

La parte actora, dirigida por el abogado Juan Ignacio Navas Marqués, es quien ha instado la petición acordada por el Tribunal Supremo.

Así pues, el Tribunal Supremo, resolviendo las discrepancias existentes, sienta la doctrina de que, en el caso de que sea necesaria la reclamación del acreedor para que la mora del deudor se produzca y esta reclamación haya tenido lugar por la vía judicial, los intereses por demora se deben desde la fecha de interposición de la demanda, siempre que la misma sea admitida, y no desde la fecha del emplazamiento.

15/01/09

Desaparece la versión impresa del BOE

A partir del 1 de enero de 2009, y después de tres siglos y medio de publicación ininterrumpida, la versión impresa del Boletín Oficial del Estado desaparece, por lo que únicamente se publicará su versión digital, que dispone de pleno valor jurídico.

Para garantizar la autenticidad, integridad e inalterabilidad del contenido del BOE, la edición electrónica publicada en la sede electrónica de la Agencia incorpora firma electrónica avanzada. Dicha firma se incorpora por separado en cada una de las disposiciones publicadas. Esto permite asegurar la autenticidad de una disposición concreta sin necesidad de descargar el diario completo.

Esta medida, que se enmarca en la Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos de 2007, supondrá la reducción de la versión impresa del boletín hasta el estricto número de ejemplares necesarios para garantizar su conservación archivística.